Con apego a lo dispuesto en los artículos 2, 26 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 4, 5, 6, 478, 479 y 481 del Código Orgánico Procesal Penal, ordena el EJECUTESE DE LA SENTENCIA CONDENATORIA en el presente asunto seguido al penado RONEL EDERVIS GUERRERO, venezolano, de 21 años de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.142.558; sentenciado a cumplir la pena de UN (01) AÑO, DIEZ (10) MESES, TRECE (13) DÍAS y DIECIOCHO (18h) HORAS DE PRISIÓN, más la accesoria de ley, por la comisión de los delitos de AMENAZA AGRAVADA, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana HIEMY MOLINA MORA, y LESIONES INTENCIONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 en armonía con el artículo 413 ambos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano JESÚS ENRIQUE PÉREZ LEAL.-