En consecuencia, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MERIDA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la demanda de DIVORCIO intentada por la ciudadana ANGELICA LORENA ROMERO HERNANDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-14.917.728, domiciliada en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábil, contra su cónyuge ciudadano GIOVANNY MARQUEZ CLAVIJO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-12.848.752, domiciliado en la ciudad de Mérida, Estado Mérida y hábil, de conformidad con el ordinal 2° del artículo 185 del Código Civil, por abandono voluntario que hace imposible la vida en común de los cónyuges, y por consiguiente se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre los cónyuges con arreglo a matrimonio civil celebrado por ante la PREFECTURA CIVIL DE LA PARROQUIA EL LLANO. MU.....