Este Juzgado de Primera Instancia, en funciones de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, ACUERDA: SOBRESEIMIENTO, de la presente causa, en la cual se encuentra como imputado DOMINGO ANTONIO LUCERO LEON, y en perjuicio de JOSÉ MAURO LEON MÁRQUEZ, venezolano, de 35 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad N°. 11.219.158, residenciado en: Barrio La Esperanza, avenida 15 casa S/N, El Vigía, Estado Mérida, comisión del delito de LESIONES PERSONALES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal Venezolano, todo ello de conformidad con lo establecido en el articulo 318, numeral 3 del código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con el numeral 8 del articulo 48 ejusdem, por haber operado la prescripción ordinaria de la acción penal los hechos ocurrieron en fecha 20-03-2006, por lo que ha trans.....