DECLARA REDIMIDO el lapso de DOS (02) MESES, TRECE (13) DÍAS Y DOCE (12) HORAS, de la pena total que cumple la penada: AGUIAR INFANTE YOLIMAR DESIREE, venezolana, titular de la cédula de identidad N°-16.407.761, nacida en fecha 12- 02- 1981, mayor de edad, natural de Maracay Estado Aragua, soltera, de oficio del hogar, hija de María Teresa de Aguilar y Juan Evelio Aguilar, domiciliado en San Cristóbal Estado Táchira, vía Rubio, Kilómetro 8 , casa Nº-30, telé fono 0414-7014436, actualmente, gozando del Beneficio de Régimen Abierto. ----------------------------------------------------------------
QUINTO
Efectuado como ha sido el cómputo por redención de la pena se observa que la penada AGUIAR INFANTE YOLIMAR DESIREE, ha cumplido un tiempo de su condena, la cual ha estado detenido desde la fecha 10-07-06 al 21-09-09, teniendo un tiempo de pena cumplida sin Redención de TRES (03) AÑOS, DOS (02) MESES Y ONCE (11) DIAS Más una primera Redención de fecha 11-03-08, NUEVE.....