.DISPOSITIVA:
Por las razones de hecho y derecho anteriormente consideradas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal, en funciónes de Juicio N° 03, actuando Unipersonal administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, ABSUELVE a la ciudadana MIRELA YAKELIN UZCATEGUI, plenamente identificada ut supra, como autora y responsable de los cargos imputados en su Acusación por la Representación Fiscal, y referente a la comisión de los delitos de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y castigado en el articulo 34 de la Ley Orgánica sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, y Ocultamiento de Municiones, tipificado en el articulo 278 del Código Penal, en concordancia con el articulo 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos. Como consecuencia de la decisión acordada, se ordena la LIBERTAD PLENA e INMEDIATA de la ciudadana MIRELA YAKELIN UZCATEGUI. Se ordena la destrucción de la droga incautada, conforme al procedi.....