OTORGA: EL BENEFICIO DE LA SUSPENSION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, como fórmula alternativa al cumplimiento de la pena, a favor del penado RICHARD OSCAR BRICEÑO CARRILLO, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-13.283.552, mayor de edad, de 30 años, nacido el 12-05-75, de profesión u oficio productor agropecuario, hijo de Flora Alicia Carrillo (v) y José Lino Briceño (v), domiciliado en la Urbanización Carabobo por el plazo de UN (01) AÑO Y SEIS (06) MESES, contados a partir del día siguiente a la Imposición de la presente decisión, imponiendo el Tribunal al penado RICHARD OSCAR BRICEÑO CARRILLO, las siguientes condiciones u obligaciones:
1.- No cambiar de residencia, en caso de ser necesario la mudanza, debe participar de inmediato al Tribunal y al Delegado de Prueba.
2- Mantenerse responsablemente en su trabajo, presentando Constancia de Trabajo cada dos (02) meses ante el Delegado de Prueba.
3. - No ingerir bebidas alcohólicas.
4.- Man.....