DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas este Tribunal de Control nro. 02 del Circuito Judicial Penal del estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace el siguiente pronunciamiento:
ÚNICO: Acuerda declinar la competencia para un Tribunal Civil que por distribución le corresponda, para que resuelva lo conducente. Notifíquese a las partes.
Decisión que se fundamenta en los artículos 26, 49, 51, 253, 257 Constitucional; 2, 4, 5, 6, 7, 11, 19, 64, 173, del Código Orgánico Procesal Penal.
Dada, firmada, sellada y refrendada, en el despacho del Tribunal de Control N° 2, en Mérida a los veintiséis (26) días del mes de Mayo (5) del año dos mil ocho (2008).
LA JUEZ (T) EN FUNCIONES DE CONTROL NRO. 02,
ABG. MARIELA PATRICIA BRITO RANGEL
LA SECRETARIA,