de conformidad con el artículo 185 del Código Civil, en concordancia con los artículos 762 y 765 del Código de Procedimiento Civil, declara la conversión de la separación de cuerpos existentes entre los cónyuges ciudadanos CARLOS RUBEN HERRERA MONASTERIOS y CARMEN JOSEFINA ORTEGA DE HERRERA, declarada por este Tribunal según auto de fecha 07 de junio de 2005, en divorcio.
Como consecuencia, se declara disuelto el vinculo matrimonial que unía a los citados cónyuges, según consta del acta de matrimonio, que fue celebrado por ante la Jefatura Civil de la Parroquia San Carlos de Zulia, Municipio Colón del Estado Zulia, en fecha 20 de octubre de 2001, acta Nro. 88.
El Tribunal homologa lo acordado por los cónyuges en el escrito de separación de cuerpos introducido en fecha 07 de junio de 2005, que obra al folio 05 y su vuelto del presente expediente.
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