Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con sede en la ciudad de Tovar, Administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la demanda de prescripción adquisitiva incoada por el ciudadano Manuel Salvador Vivas Sánchez, contra Daría, Agustín, Néstor Aveiro, Herminio, Cristina, José, Arturo, Luis Omar y Pío León Vivas Sayago, en su condición de herederos de su premuerto padre Doroteo Vivas Sánchez y de la ciudadana Laura Vivas de Márquez, herederos todos del causante Juan Antonio Vivas Morales y CONFIERE AL CIUDADANO MANUEL SALVADOR VIVAS SÁNCEHZ, la plena propiedad y posesión sobre el inmueble.