Por lo antes expuesto este Tribunal de Control Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida Extensión El Vigía, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento: PRIMERO: DECRETA LA APREHENSION EN FLAGRANCIA, en contra de la ciudadana NEIDA BUSTOS RANGEL, Venezolana, titular de la cedula de identidad N° 14.927.224, de 35 años de edad, natural de Cja Seca, Estado Zulia, de profesión u oficio Chofer, nacido en fecha 12-03-1977, hija de Nery Rangel, (f) y Marcos Bustos (v), estado civil soltera, residenciado en San Rafael, Calle Sucre, cerca del Liceo la Macarena, casa s/n, Nueva Bolivia, Estado Mérida, teléfono 0414-729.87.01, por la presunta comisión de los delitos de LESIONES INTENCIONALES MENOS GRAVES, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, AMENAZAS A LA VIDA, ultimo parte del artículo 175 del Código Penal, ambos en perjuicio de los Adolescentes Yanileth Sikiu Bustos.....